A1 – Importación o exportación definitiva
• Entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en territorio nacional por tiempo ilimitado.
• Salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.
• Importación definitiva de vehículos por misiones diplomáticas, consulares y oficinas de organismos internacionales, y su personal extranjero, conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia”, publicado en el DOF el 29 de agosto de 2007.
• Importación definitiva de vehículos nuevos y usados.
• Retorno de envases y empaques, etiquetas y folletos importados temporalmente al amparo de un Programa IMMEX, que se utilicen en la exportación de mercancía nacional.
• Importación definitiva de mercancías que se retiren de recinto fiscalizado estratégico, colindante con la aduana.
• Exportación definitiva de mercancías que se retiren de recinto fiscalizado estratégico colindante o no colindante con la aduana.